domingo, 12 de noviembre de 2017

RIESGOS POTENCIALES DE CONDICIONES Y ACTOS INSEGUROS


En esta unidad examinaremos algunos conceptos básicos como trabajo, salud, riesgos profesionales, factores de riesgo o accidente de trabajo, que nos permitirán descubrir cuál es el proceso por el que se llega a poner en peligro la salud de los trabajadores.
Nos acercaremos, también, a la normativa básica sobre seguridad y salud en el trabajo, examinando las características básicas de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el entramado de derechos de los trabajadores y obligaciones del empresario en materia de prevención de riesgos laborales.

  TRABAJO

El trabajo es la actividad que realiza el hombre transformando la naturaleza para su beneficio, buscando satisfacer distintas necesidades humanas: la subsistencia, la mejora de la calidad de vida, la posición del individuo dentro de la sociedad, la satisfacción personal.

Esta actividad de trabajo puede ocasionar también efectos no deseados sobre la salud de los trabajadores, ya sea por la pérdida o ausencia de trabajo (ya que la precariedad del mercado laboral y el paro pueden suponer un importante problema para la salud, con repercusiones individuales, familiares o sociales) o por las condiciones en que el trabajo se realiza (accidentes, enfermedades y daños para la salud derivados del entorno laboral).


SALUD OCUPACIONAL:

Todas las acciones que tienen como objetivo promover y mantener el mayor grado posible de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las profesiones y ocupaciones; prevenir todo daño a la salud de éstos por las condiciones de su trabajo; protegerlos en su trabajo contra los riesgos resultantes de la presencia de agentes perjudiciales a su salud; así corno colocarlos y mantenerlos en un puesto de trabajo adecuado a sus aptitudes fisiológicas y psicológicas.

"La prevención y control de los riesgos de trabajo son parte de las funciones en todos los niveles, para asegurar la continuidad de los procesos y la competitividad de la organización con la finalidad de evitar accidentes e incidentes".

RIESGO LABORAL

Es la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. La calificación de su gravedad dependerá de la probabilidad de que se produzca el daño y de la severidad del mismo.

CAUSAS DE LOS ACCIDENTES
 Se deben principalmente a: Ø Actos inseguros Ø Condiciones inseguras Ø
Combinación de las dos anteriores: Actos inseguros + Condición insegura = Accidentes e incidentes.

ACTOS INSEGUROS:

 Son las causas que dependen de las acciones que, por desconocimiento o descuido del propio trabajador, pueden dar como resultado un accidente. El incumplimiento por parte del trabajador o trabajadora, de las normas, recomendaciones técnicas y demás instrucciones adoptadas legalmente por su empleador para proteger su vida, salud e integridad.

·         Situarse o transitar por lugares peligrosos
·         No utilizar los equipos de protección personal
·         Desobedecer reglas de seguridad                                          
·         Negligencia o apatía
·         Operar vehículos o maquinaria a velocidad excesiva
·         Trabajar sin autorización


Juego • Confianza • Complacencia • Fatiga • Alcohol • Vicios • Prisas • Capacitación inadecuada (al vapor) • Predisposición ( actitud negativa) • Frustración • Exceso de confianza Causas que Combinadas con Actos Inseguros Pueden Ocasionar un Accidente Accidentes e incidentes

                             No sabe                                    No puede                         No quiere

    


*      ¿PORQUÉ NO SABE?

 • Porque no han sido capacitado correctamente en la labor a desarrollar.
 • Porque no es su trabajo, sin embargo, lo desarrolla ü Por iniciativa propia ü Por ayudar a un compañero ü Por órdenes superiores ü Por curiosidad Accidentes e incidentes

*      ¿PORQUE NO QUIERE?  

Problemas sentimentales con su esposa o pareja.
 Actitud negativa o rebeldía.
 No se lleva bien con su compañero.
Siente temor a realizar su trabajo, pero lo lleva a cabo
 El equipo o herramienta que utiliza no tiene un diseño ergonómico.
 Incapacidad de alguno de sus miembros.
Obesidad, vista limitada, etc.

*      ¿PORQUE NO PUEDE?
Incluye el factor condición.

CONDICIONES INSEGURAS:

Causas que se derivan del medio ambiente donde vivimos y que se refieren al grado de inseguridad del lugar donde se va a ejecutar el trabajo. Los riesgos para la salud de los trabajadores no son algo natural o inevitable, sino que normalmente son consecuencia de unas condiciones de trabajo inadecuadas. Cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador.

  •          Falta de orden y limpieza.
  •          Equipo de protección inadecuado, faltante o defectuoso.
  •          Herramienta o equipo de trabajo inadecuado o defectuoso.
  •          Equipo inadecuadamente instalado
  •          Falla de mantenimiento, mal diseño, falla de operación, métodos.
        Dentro de las condiciones inseguras se añaden  factores externos como; físicos, químicos,     biológicos, ergonómicos y  psicosocial.




Medidas de prevención 


1.- Se debe crear un ambiente seguro a través de un programa donde se comprometan los jefes, empleados y representantes de la empresa. Deben asesorarse por expertos en higiene y seguridad laboral



2.- El personal de una compañía debe estar capacitado para desarrollar el trabajo asignado.



3.- Los individuos siempre deben estar motivados y felices con las actividades que realizan día a día. Con ello, pondrán atención más detallada.



4.- Nunca labores en condiciones inseguras o velocidades excesivas. Tampoco se deben realizar bromas pesadas durante las horas de trabajo.


5.- Se debe dar mantenimiento continuo a máquinas, equipos o herramientas que se manejen diariamente.


PROTECCIÓN COLECTIVA
La protección colectiva es aquella que tiene como misión proteger a un colectivo de trabajadores frente a una situación peligrosa determinada. La protección colectiva intentará eliminar o reducir el peligro en su punto de origen, si bien también se puede aplicar sobre el medio de transmisión del peligro.
La protección colectiva es la primera en la que tenemos que pensar, para evitar así que el trabajador tenga que usar protección personal
·         Barandillas, pasarelas y escaleras.

·         Andamios y redes antiácidas.
·         Sistemas de ventilación.
·         Barreras de protección acústicas.
·         Vallado perimetral de zonas de trabajo.
·         Marquesinas contra caída de objetos.
·         Extintores de incendios.
·         Medios húmedos en ambientes polvorientos.
·         Carcasa de protección de motores o piezas en continuo movimiento.
·         Señalizaciones e indicativos.
·         Barreras de protección térmicas en centros de trabajo.
·         Orden y limpieza, etc.




 PROTECCIÓN INDIVIDUAL

Los equipos de protección individual (EPI) son elementos, llevados o sujetados por la persona, que tienen la función de protegerla contra riesgos específicos del trabajo. Cascos, tapones para los oídos, gafas o pantallas faciales, mascarillas respiratorias, cremas barreras, guantes o ropa de protección, calzado de seguridad o equipos anticaídas, son equipos de protección individual.
EPI (EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL)
Cuando existe un riesgo se deberían adoptar, por este orden, las medidas siguientes
Evitar el riesgo (por ejemplo, sustituir una máquina ruidosa).
Controlar el riesgo en origen (por ejemplo, cerramiento antirruido).
Proteger a la persona (por ejemplo, protectores auditivos).
Los equipos de protección individual deberán utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo
Protectores de la Cabeza
Casco
Protectores del Oído
Tapones, Orejeras
Protectores de los Ojos y la Cara
Gafas, Pantallas
Protectores de las Vías Respiratorias
Máscaras
Protectores de Brazos y Manos
Guantes
Protectores de Pies y Piernas
Botas, Polainas
Protectores del Tronco y Abdomen
Fajas, Mandiles
Protectores de Barrera
Cremas
Protectores Anticaídas
Cinturones, Arneses
Ropa de Protección Específica
Ropa Ignífuga





En todas las empresas deben integrarse comisiones de seguridad e higiene, con el propósito de salvaguardar la salud de los trabajadores, así como la integridad física de las instalaciones en los centros de trabajo. Con base en las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, el Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, así como de la NOM-019- STPS-1999. Comisiones de seguridad e higiene.
"La salud laboral tiene la finalidad de fomentar y mantener el más alto nivel de bienestar físico, mental y social de los trabajadores de todas las profesiones, prevenir todo daño a la salud de éstos por las condiciones de trabajo, protegerles en su empleo contra los riesgos para la salud y colocar y mantener al trabajador en un empleo que convenga a sus aptitudes psicológicas y fisiológicas. En suma, adaptar el trabajo al hombre y cada hombre a su trabajo."
Así pues, debemos considerar la salud como un proceso en permanente desarrollo y no como algo estático. Es decir, puede irse perdiendo o logrando, y no es fruto del azar, sino de las condiciones laborales que rodean a los trabajadores. Por ello, nuestro objetivo será lograr la mejora de las condiciones de trabajo para preservar la salud de todos los trabajadores.



            ¡LA SEGURIDAD ES UNA RESPONSABILIDAD Y COMPROMISO DE TODOS!





miércoles, 13 de septiembre de 2017

  1. Ley federal de trabajo

¿Qué es la Ley Federal del trabajo y para qué nos sirve?

La Ley Federal del Trabajo está compuesta por una serie de estatutos, conjunto de normas legales por las que se regula el funcionamiento de una asociación, en este caso aplicable a un empleado y a un empleador.

¿Cuál es el objetivo de la ley federal de trabajo?

La Ley Federal del Trabajo tiene como finalidad normalizar las relaciones laborales entre el patrón y el empleado. Así que en ella se estipulan los derechos y obligaciones para ambas partes.
En ella podemos comprender disposiciones legales que protegen las garantías individuales de ambas partes y que determinan los conceptos que forman parte del vínculo para mantener una armonía.
Así como la misma ley ampara y protege los intereses de todo empleado en cuanto el cumplimiento de las obligaciones del patrón.
 Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.
 El patrón tiene derechos que lo protegen y amparan cuando el empleado no cumple con las obligaciones correspondientes.




Analicemos el artículo 47.  Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón cuando el empleado:

Fracción VII. Comprometer el trabajador por su imprudencia o descuido inexcusable, la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentran en el.

Fracción XII. Negarse el trabajador a adoptar las medidas preventivas o seguir los procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades.

Artículo 51. Son causas de rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el trabajador cuando.

Fracción VII. La existencia de un peligro grave para la seguridad o salud del trabajador o de su familia ya sea por carecer de condiciones higiénicas el establecimiento o porque no se cumplan las medidas preventivas y de seguridad que las leyes establezcan

Fracción VII. Comprometer el patrón con su imprudencia o descuido inexcusable la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en el.

Queda claro tras analizar estos artículos que cuando el empleado no funge con su respectivo puesto, adopte una actitud renuente a aceptar las reglas de seguridad o incluso por su descuido ponga en peligro su propia vida y las de sus compañeros, así como de el establecimiento, sea imprudente o descuidado en su trabajo el patrón tiene el derecho de deshacer los vínculos laborales y prescindir de ese empleado, anteponiendo  la seguridad y los intereses del empleador.

Sin duda la clave del éxito para tener una buena relación laboral es el apego al cumplimiento de las normas y leyes que nos rigen, destacando que estas son para beneficio individual y colectivo como sociedad.